Productores agropecuarios: devolución del IVA compras de gasoil.

Productores agropecuarios: devolución del IVA compras de gasoil.

Decreto N° 68/022 y Decreto N° 69/022.

Los productores agropecuarios de ganado bovino y ovino, leche, arroz, flores, frutas y hortalizas, y productores apícolas que no tributen IRAE, contarán con la devolución del IVA incluido en la adquisición de gasoil para el desarrollo de estas actividades.

La devolución del IVA en la compra de gasoil entró en vigencia el 1º de marzo de 2022 por un plazo de un año y presentará un límite máximo que dependerá del rubro y ventas de cada productor en el ejercicio.

Estas devoluciones se realizarán mensualmente, una vez efectuados los controles pertinentes, en efectivo, de acuerdo con el procedimiento que establezca la DGI.

A los efectos de facilitar el acceso a la consulta de los beneficiarios, compartimos el enlace a la web de la DGI – Devoluciones IVA Gasoil – Consulta Beneficiarios (dgi.gub.uy)

Decreto N° 68/022 y Decreto N° 69/022.

Fuente: Estudio Appoloni – Appoloni Estudio Contable | Especialización Tributaria | Uruguay (eappoloni.com)

La ANPL anunció continuidad del beneficio de UTE y devolución de IVA.

La ANPL anunció continuidad del beneficio de UTE y devolución de IVA.

Desde hace varios días el presidente de la ANPL, Leandro Galarraga, mantiene contactos a primer nivel para mejorar la situación del sector, en febrero se reunió con el subsecretario del Ministerio de Ganadería, Ignacio Buffa, con el objetivo de realizar una puesta a punto sobre la realidad del sector lechero.

La Asociación Nacional de Productores de Leche (ANPL) informó que el sector lácteo mantiene el beneficio de UTE e incorporó la devolución del IVA.

“Las reuniones mantenidas con el Ministerio de Industria y UTE han dado resultados positivos y se mantendrá el beneficio al sector lácteo en la tarifa de UTE por el plazo de 12 meses con retroactividad”, señala la Asociación.

Se aclarara que aquellos productores que no gozan del beneficio aún pueden completar el formulario para ese fin en la web de UTE , que estará disponible en los próximos días.

PARA DEVOLUCIÓN DEL IVA, EL ÚNICO ÍTEM DE LA FACTURA DEBE SER GASOIL.

Por otra parte, ayer también se informó que se mantiene “por un año más”, del 1° de marzo de 2022 al 28 de febrero de 2023 “el beneficio de la devolución del IVA al gasoil” para los productores que tributan IMEBA”, el tope es del 1,1% de la facturación anual, “considerando el ejercicio cerrado el 30 de junio de 2021”.

La ANPL aclaró que la factura debe “contener el RUT” de la empresa “y el único ítem en la factura debe ser gasoil”.

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