La vacunación es obligatoria para todas las categorías de ganado vacuno.
Montevideo | Todo El Campo | Durante todo abril, y hasta el miércoles 30 se realiza la vacunación contra la fiebre aftosa en todas las categorías vacunas.
La vacunación es obligatoria y las vacunas será proporcionada por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
La medida de control sanitario es llevada a cabo por la División Sanidad Animal, y ha permitido el control epidemiológico de la enfermedad desarrollando una sólida inmunidad en la especie vacuna.
Entre el 01 y 10 de abril, no se podrá realizar eventos de concentración de animales vacunos (remates feria, exposiciones, etc.)
Durante el mismo período, se autorizan aquellos eventos con cambio de propiedad que no impliquen movimiento de ganado (remates por pantalla o virtuales).
Los vacunos con destino a faena podrán movilizarse dentro del período de vacunación, si tienen las vacunaciones de los dos períodos anteriores.
A partir del 1° de mayo de 2025, deberán haber sido inmunizados con la vacuna correspondiente al presente período de vacunación durante al menos 10 días.
Las dosis serán entregadas a los titulares del ganado y deberán presentar: planilla de control sanitario actualizada y conservadora con hielo o refrigerante en cantidad suficiente
La estrategia de distribución de vacuna será dispuesta por los Servicios Ganaderos Departamentales y las Comisiones Departamentales de Salud Animal (Codesas).
CANDELARIO DE VACUNACIÓN.
En el siguiente enlace se accede a los calendarios de vacunación contra fiebre aftosa, con detalle por cada departamento, para el período 01 al 30 de abril 2025 | MGAP
Compartir
Comparte este contenido en tus redes sociales!