El régimen de devolución del IVA en gasoil para productores agropecuarios fue prorrogado desde el 1º de marzo de 2026 por un año. El beneficio alcanza a quienes producen vacunos, ovinos, leche, arroz, flores, frutas, hortalizas y miel, siempre que no tributen IRAE.

Montevideo | Todo El Campo | Los productores agropecuarios de ganado vacuno y ovino, leche, arroz, flores, frutas y hortalizas, y productores apícolas que no tributen IRAE, continuarán contando con la devolución del IVA incluido en la adquisición de gasoil destinado al desarrollo de estas actividades, informó el estudio contable Appoloni en un posteo publicado en la página web Appoloni.com

El régimen fue extendido a partir del 1º de marzo de 2026, por el plazo de un año, manteniendo las condiciones generales ya conocidas. El monto del beneficio estará sujeto a límites que dependen del rubro y del nivel de ingresos de cada productor.

Las devoluciones serán mensuales y en efectivo, pero se requiere que la Dirección Geneal de Impositiva (DGI) realice controles previos.

ES IMPORTANTE: 1) verificar el correcto encuadre del productor dentro del régimen, para lo cual es fundamental confirmar que el productor cumpla con los siguientes requisitos: no tributar IRAE por la actividad agropecuaria (condición excluyente para el beneficio), y que se encuentre dentro del universo definido por MGAP y DGI, según su situación productiva.

2) Asegurar la adecuada documentación de las compras de gasoil (CFE). El acceso al beneficio depende directamente de la calidad de la documentación: las compras deben estar respaldadas por Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE); y el gasoil debe figurar de forma separada de otros productos en el comprobante; y la información debe ser correctamente reportada por el proveedor a DGI.

3) Considerar los límites aplicables para estimar el beneficio real. El beneficio no es ilimitado y requiere análisis previo: existen mínimos fictos y topes máximos que pueden restringir el monto a cobrar; y el cálculo se basa en ingresos informados a DGI y la actividad de cada productor.

En la práctica, esto implica que no todo el IVA del gasoil será recuperable, por lo que es recomendable estimar el beneficio en función de la realidad fiscal de cada productor.

CONSULTA A LA DGI.

A los efectos de consultar si corresponde el acceso al beneficio, se puede verificar en el siguiente enlace de DGI: Devoluciones IVA Gasoil – Consulta Beneficiarios

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Nota del escritorio Appoloni.

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