Mar 27, 2023 | Economía, Información, Noticias
Hay exoneraciones, pero no son automáticas. Se requiere de una declaración jurada ante la Dirección General de Impositiva (DGI).
Cr. Eduardo Appoloni Rotela | Montevideo | Todo El Campo | Serán contribuyentes del Impuesto a Primaria Rural los propietarios, prometientes compradores, usufructuarios o poseedores de inmuebles rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto excedan las 300 hectáreas IC 100, siempre que su valor sea superior al monto exonerado (valor 2023 $ 247.783).
Los propietarios de padrones rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto no excedan las 300 hectáreas IC 100, estarán exonerados del impuesto.
Esta exoneración no es automática, sino que requiere de la presentación de una declaración jurada ante DGI. Para obtener la exoneración, los contribuyentes deberán presentarla dentro de los 120 días de iniciado el ejercicio a exonerar (30 de abril para el año 2023).
No deberán presentar la declaración jurada ante DGI los productores rurales que su explotación no supere las 200 hectáreas IC 100 y cuenten con la declaración jurada presentada ante los gobiernos departamentales a los efectos de la exoneración de la Contribución Inmobiliaria Rural.
Fuente: Estudio Appoloni.
Oct 25, 2022 | Información, Noticias
Cualquier flete terrestre pactado en dinero, cuyo importe supere montos estipulados y que el pago no se realice por medios electrónicos, transferencias bancarias o cheques, no será deducible en la liquidación del impuesto
La consultora KPMG publicó una nueva edición de su Monitor Semanal (N° 999 del 24 de octubre) en el que difundió un informe sobre el decreto que incluyó a los gastos correspondiente a fletes terrestres con entidades que no sean contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRAE) entre aquellos cuya deducción no se admite en la liquidación del referido impuesto. La modificación busca disminuir la informalidad en el sector.
DEDUCCIÓN DE GASTOS CORRESPONDIENTES A FLETES TERRESTRES
El reciente Decreto Nro. 332/022, de 13 de octubre de 2022, que fue publicado en el Diario Oficial el 20 de octubre de 2022, introdujo cambios al numeral 4) del artículo 62-bis del Decreto Nro. 150/007, reglamentario del IRAE, que prevé ciertas limitaciones a la deducción de gastos en la liquidación del impuesto.
Recordemos que el artículo 24 del Título 4 del Texto Ordenado 1996 prevé, entre las deducciones no admitidas en la liquidación del IRAE, a los gastos correspondientes a fletes cuyo pago no se haya hecho efectivo a través de medios de pago electrónicos o acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.
Por su parte, el Poder Ejecutivo estableció, en el mencionado numeral 4) del artículo 62-bis del Decreto Nro. 150/007, que esa limitación a la deducción de los gastos correspondientes a fletes terrestres se configura cuando los mismos sean contratados con contribuyentes de IRAE, pactados en dinero por un importe -por cada prestador- superior a las 10.000 UI mensuales -excluido el IVA-, y su pago no se realice por medios electrónicos (debiendo identificarse al prestador del servicio), transferencias bancarias (a cuentas que tengan como uno de sus titulares al prestador del servicio), o mediante cheques comunes o de pago diferido cruzados no a la orden (emitidos a nombre del prestador del servicio).
De las mencionadas normas surge que la limitación a la deducción de los aludidos gastos sólo aplica si el prestador del servicio de flete es contribuyente del IRAE y además se configuran el resto de los elementos señalados en cuanto a los umbrales económicos y a la no utilización de los referidos medios de pago.
Pues bien, el reciente decreto sobre el que informamos mantiene las aludidas condiciones, pero incluye en la limitación a los fletes terrestres contratados con entidades que no sean contribuyentes del IRAE.
Esta modificación busca, según lo señalado por el Poder Ejecutivo, disminuir la informalidad en el sector.
De modo que, a partir de la reciente modificación, cualquier flete terrestre pactado en dinero, cuyo importe por cada prestador supere los montos señalados y cuyo pago no se realice por medios electrónicos, transferencias bancarias o cheques comunes o de pago diferido cruzados no a la orden, no será deducible en la liquidación del impuesto -sin importar si el prestador del servicio de flete es o no contribuyente del IRAE-
Abr 14, 2022 | Economía, Noticias
El incremento de ventas fue de entre 50% y 60%. La medida dio resultado.
A raíz de la medida impuesta por el Ejecutivo, por la cual se exonera del IVA al asado, las ventas en todas las carnicerías han aumentado.
El Poder ejecutivo tomó la media de exonerar de IVA al asado en todas las carnicerías del país, desde entonces el kilo bajó de $ 290 a $ 230 en promedio. El resultado fue que las ventas se incrementaron, dijo Alfonso Fontenla, presidente de la Unión de Vendedores de Carnes.
Hay conformidad por parte de los carniceros, dijo, y agregó que “la gente respondió de muy buena manera”, con un “aumentado considerablemente en las ventas” que van de “un 50% y 60% más de lo que habitualmente se vende”.
De todas formas, Fontenla expresó que en algunas zonas del interior del país estos cortes específicos no han llegado y la preocupación ya ha sido transmitida al Instituto Nacional de Carnes, informó Telenoche 4.
“El compromiso era que llegara a todo el país con el precio ya estipulado, pero hemos tenido noticias que hay lugares donde se ha dificultado la llegada del corte en particular”, agregó.
Abr 13, 2022 | Economía, Noticias
“¿Qué pagamos al comprar pan, leche y carne?”, se preguntaron los economistas de la Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina. Concluyeron que “1 de cada 4 pesos (el 25%) son impuestos”.
Buenos Aires, Argentina | La Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina (FADA) publicó este lunes 11 de abril un estudio que desglosa el pago que hace el consumidor final de los diversos productos.
“¿Qué pagamos al comprar pan, leche y carne?”, se preguntó FADA y añadió: “1 de cada 4 pesos son impuestos. El trigo se multiplica por 7, en su recorrido desde el campo a la panadería. La leche se triplica. En la carne, más del 60% son costos y 28% impuestos. Los granos sólo inciden en un 13% en promedio”.
¿Cómo se forman estos precios? ¿Cuánto pesa la mochila de los impuestos?
FADA (Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina) publicó el estudio semestral de “Composición de precios” el cual registra lo que pasa con los precios desde el campo a la góndola.
Natalia Ariño, economista de FADA expresó: “Por ejemplo, en el caso del pan, el precio se multiplica 7 veces y media desde el trigo al pan que compramos. En la leche, el número se triplica. En la carne, más del 60% son costos y 28% impuestos”. La pregunta es: “¿Sabemos cómo se llega a estos números?”, la investigación busca dar respuestas a qué es lo que paga el consumidor cuando compra pan, leche y carne, desglosando por eslabones y rubros.
¿LOS GRANOS TIENEN LA “CULPA”?
Ante esa pregunta FADA responde categóricamente: “No”, afirmar tal cosa “es un mito a derribar”.
El maíz representa sólo el 16% del precio final de la carne de cerdo, 23% en carne aviar, 11% en carne vacuna y 6% en leche. El trigo aporta el 13% del precio del pan. “En el último tiempo, por la guerra Rusia-Ucrania se dio un aumento de granos y erróneamente se desvía la discusión de la inflación hacia ese lado: se asocia el aumento de precios de alimentos a la suba de precios del maíz o trigo, pero esta relación no es la que determina lo que salen los productos. Este estudio demuestra que el impacto es mucho menor al que se cree”, aclara Ariño.
Entre febrero y la primera semana de abril, el precio del trigo aumentó un 30% y maíz un 10%. Nicolle Pisani Claro, economista de FADA, dijo que “teniendo en cuenta cómo influye el grano en los alimentos, el precio que paga el consumidor por el pan francés, no debería aumentar más del 4% por ‘culpa’ del trigo o, en el caso del maíz, no debería aumentar más del 1,6% la carne porcina, o el 2,3% la carne aviar, 0,6% la leche y 1,1% la carne bovina. Con esta información se cae el mito de que el precio lo pone el productor”.
Por lo tanto, “restringir las exportaciones de carne, trigo o maíz, crear un fideicomiso de trigo o subir los derechos de exportación a los granos, son medidas que de ninguna manera reducen la inflación, sólo generan nuevas trabas y menores incentivos a producir. En el largo plazo, lo único que asegura que la carne, la leche o el pan sean baratos es más producción. Que haya más oferta es la única forma genuina para que un producto sea barato. Por este motivo, lo que en realidad hay que hacer es incentivar la producción, abriendo mercados, generando previsibilidad, bajando la carga tributaria. Y en el proceso se genera lo que realmente necesitamos: más trabajo y más dólares”, explicó David Miazzo, economista jefe de FADA.
¿CUÁNTO PESA LA MOCHILA DE LOS IMPUESTOS?
Los resultados del estudio de FADA, muestran un alto impacto de los impuestos en la composición del precio final. De lo que se paga por carne, leche y pan, 1 de cada 4 pesos son impuestos. Es decir, los impuestos son un cuarto del precio final que pagamos los consumidores.
En la carne de vaca el 28% del precio final son los impuestos de la cadena. En el pan francés la carga tributaria llega al 23%. El sachet de leche entera tiene una mochila impositiva del 26% de lo que pagan los consumidores. En los tres productos analizados es posible ver que 3 de cada 4 pesos de impuestos corresponden a tributos nacionales, en algunos productos incluso más.
En momentos donde la inflación se acelera se tiende a discutir los precios, la cadena y los costos, pero en realidad el problema no es de un precio en particular sino del peso en sí mismo, nuestra moneda pierde valor de compra, el problema es mucho más amplio. Desde el equipo económico de FADA definen tres puntos para explicarlo: Primero que tenemos un profundo déficit fiscal, segundo que esto se financia emitiendo pesos y como tercero se suma la falta de confianza, esta situación se traduce en pesos que cada vez valen menos: eso es la inflación.
ALGUNOS NÚMEROS DE “COMPOSICIÓN DE PRECIOS”: PAN, CARNE, LECHE.
1 de cada 4 pesos que pagamos en carne, leche y pan son impuestos. (*)
PAN
Precio del pan: el 63% son costos, el 23% impuestos y el 14% el resultado.
El trigo representa sólo el 13% del precio en góndola.
El precio del trigo se multiplica por 7,5 en su recorrido desde el campo a la panadería.
El consumidor pagó en promedio $202,5 el kilo de pan, de los cuales $47 corresponden a la carga tributaria
Precio pan en eslabones: el trigo representa el 13%, el molino el 4%, la panadería el 60% y los impuestos el 23%.
CARNE.
28% con impuestos, el 60% son costos y 11% el resultado.
El maíz representa sólo 16% del precio final de la carne de cerdo, 23% en carne aviar y 11% en carne vacuna.
Precio carne en eslabones: la cría representa el 28%, el feedlot 29%, frigorífico 5%, carnicería el 10% y los impuestos el 28%.
LECHE.
86% son costos de producción, 26% impuestos y -12% pérdida de la cadena.
El maíz representa sólo el 6% del precio al consumidor.
El precio de la leche se triplica del campo al sachet.
En promedio el sachet tuvo un precio de $106,5, de los cuales $28 son impuestos
Precio leche en eslabones: el tambo representa el 35%, la industria el 32%, el comercio 7% e impuestos el 26%.
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