Apicultura. Las declaraciones juradas se aplazan para el mes de setiembre.

Apicultura. Las declaraciones juradas se aplazan para el mes de setiembre.

El acceso al nuevo sistema se gestionará a través de un Usuario Gub.uy de nivel 2.

Montevideo | Todo El Campo | La Dirección General de la Granja (Digegra), comunicó que está trabajando en el desarrollo del nuevo sistema nacional de trazabilidad apícola (Sinatpa), por tal motivo el periodo de declaraciones juradas se aplazará para el mes de setiembre, fecha de inicio que será anunciada próximamente a través de los canales oficiales del MGAP.

Es importante destacar que el acceso al nuevo sistema se gestionará a través de un Usuario Gub.uy de nivel 2.

Para ello deberán iniciar el proceso de obtención de nuevo usuario y asegurar su disponibilidad una vez que el sistema esté operativo.

Por consultas estamos disponibles en: mail: apiculturadigegra@mgap.gub.uy o WhatsApp 092.68.10.52.

INSTRUCTIVO.

Se adjuntan instrucciones para obtener el usuario Gub.uy nivel 2.

Decreto que reglamenta faena en artesanal predial espera por la firma del presidente Lacalle.

Decreto que reglamenta faena en artesanal predial espera por la firma del presidente Lacalle.

Se permitirá hasta 200 lechones, 50 corderos, 400 pollos o 1.200 conejos al año.

Montevideo | Todo El Campo | Dos años después de su aprobación, se reglamentó la norma que permite y fijara las condiciones para la faena y comercialización de lechones, conejos, corderos y pollos a los productores familiares. El decreto ya tiene la firma del ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Fernando Mattos, y espera por la del presidente Luis Lacalle, cosa que se espera ocurra en las próximas horas.

Natalia Martínez, directora de la Dirección General de la Granja (Digegra), recordó que la ley tuvo distintas instancias de debate: La primera ley salió en diciembre de 2022 con sus primeros artículos, esa norma se modificó en diciembre de 2023 y desde entones “hemos trabajado ininterrumpidamente”.

En declaraciones al programa Informe Granjero de radio Nacional, destacó la labor desempeñada por las unidades ejecutoras competentes en el tema, que son la Dirección de Desarrollo Rural, la Unidad de Descentralización del Ministerio, Servicios Ganadero, la Dirección de Inocuidad y Bioseguridad (Digebia) y la Dirección de la Granja.

Todos “acordamos un decreto reglamentario, luego de que los legisladores, en forma unánime, aprobaran el marco legal”.

El decreto tiene un aspecto de tipo jurídico “y un anexo que define los requerimientos para la faena artesanal, predial, con todas las garantías de inocuidad del producto que va a ser comercializado al consumidor de forma directa”, explicó.

La reglamentación ya tiene la aprobación de las diferentes instancias a nivel ministerial y el ministro Fernando Mattos “ya firmó ese decreto reglamentario y su anexo y lo elevó a la consideración del presidente de la República”, Luis Lacalle.

¿CUÁNTOS ANIMALES FAENAR?

Por otra parte, Martínez dijo que el número de animales que se permitiría faenar fue “un punto controversial”.

Lo primero es señalar que el decreto incumbe a “productores familiares registrados en la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería, y se definió para las distintas categorías un número máximo de animales por año”.

“Los cerdos, para la categoría lechón, son 200 animales por año; los ovinos categoría corderos son 50 al año; los pollos 400 y los conejos 1.200 al año como máximo de faena artesanal predial”, detalló.

REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE ANIMALES DE GRANJA.

A los registros ya existentes, como el de productor familiar o el SNIG, se agrega el Registro Nacional de Productores de Animales de Granja para contemplar también ahí las especies que no tienen Dicose, como los conejos.

Los conejos son un caso particular: “No hay un registro de productores ni se tiene certeza de la cantidad que hay, tampoco hay datos sobre los conejos que se producen, cuántas cabañas o cuántas madres. Son datos que faltan”, expresó.

En este nuevo registro también se anotarán “los productores de pollos parrilleros que definan faena artesanal, no está pensado a los façoneros de pollos que remiten a planta habilitada porque esto no es para ellos sino para los familiares que tengan una faena que es conocida como el ‘aguinaldo de fin de año’, sobre todo previo a las fiestas de Navidad y Año Nuevo”.

Los productores de corderos y cerdos “también se tienen que inscribir”, aclaró.

También se pedirá una declaración de la intención de faena 15 días antes de iniciar la etapa de faena, para poder emitir los remitos que van a acompañar al animal faenado durante el transporte por parte del consumidor”.

El registro estaría operativo a partir de agosto.

NO SERÁ DEBAJO DEL ÁRBOL, TAMPOCO EN UN MINIFRIGORÍFICO.

La directora Martínez agregó que la reglamentación “no está pensada para la faena bajo el árbol”, sino que busca “dar garantías al consumidor”, para eso “se piden mínimas condiciones de instalación, higiene”.

“No es bajo el árbol, pero tampoco es montar un minifrigorífico en un predio de un productor familiar”, continuó.

Los galpones que los productores tienen en sus predios serán útiles y podrán funcionar como lugar de faena “con algunas mejoras como tejido mosquitero, ventanas, cortinas, algún sistema de rieles para colgar el animal, los recipientes para los residuos, que el piso sea lavable y se pueda desinfestar, que la mesa sea lisa, lavable y que resista el agua y los desinfectantes”, mencionó.

Desde el lunes 3 de junio quedará operativo el Registro Nacional Frutihortícola.

Desde el lunes 3 de junio quedará operativo el Registro Nacional Frutihortícola.

El plazo vence el domingo 30 de junio. El registro es obligatorio y excluyente.

Montevideo | Todo El Campo | La Dirección General de la Granja (Digegra), comunica que a partir del lunes 3 de junio y hasta el 30 de ese mes estará operativo el Registro Nacional Frutihortícola para realizar las actualizaciones correspondientes o solicitudes de inscripción por primera vez.

Corresponde que se inscriba toda empresa con actividad comercial hortícola, frutícola y/o con floricultura. Digegra invitamos a todos los productores hortícolas y frutícolas incluyendo los olivicultores, citricultores, productores de nueces y de cultivos no tradicionales como maní, granada, arándanos, higos, kiwi, entre otros, a que se registren.

La inscripción o actualización del registro es de carácter obligatorio y excluyente para acceder a los diferentes beneficios que otorga el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP).

Las solicitudes de inscripciones o actualizaciones fuera del plazo estipulado están sujetas a evaluación y autorización. Los registros fuera de plazo pueden ser pasibles de apoyos y beneficios diferenciales respecto a quienes gestionen el mismo en tiempo y forma.

Las empresas nuevas que posean documentación que acredite que la misma se constituyó posterior al plazo definido, serán consideradas dentro del conjunto de declaraciones realizadas en fecha.

De los beneficios que otorga el MGAP se destacan:

  • Subsidios a las pólizas de Seguros Granjeros en convenio con Banco de Seguros del Estado
  • Acceso a todas las convocatorias a Planes de Negocios y Apoyo Productivo.
  • Devolución de IVA gasoil incluido en las compras de pequeños productores rurales
  • Eventuales beneficios y/o apoyos en situación de emergencia agropecuaria que puedan surgir en el correr del ejercicio.

Para acceder al Registro Nacional Frutihortícola podrá hacerlo aquí: Registro Nacional Frutihortícola (mgap.gub.uy), a partir del 1° de junio.

AGENCIAS DE DIGEGRA.

Si requiere asistencia para realizar la declaración puede dirigirse a la Agencia de Digegra de su zona.

BELLA UNIÓN – Pando 1426, Bella Unión, Artigas – Telefax: 47792097 – digegrabellaunion@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Cecilia Orihuela – corihuela@mgap.gub.uy

COLONIA VALDENSE – Municipio de Colonia Valdense, Avda. Daniel Armand Ugon 1391, Colonia Valdense, Colonia – Telefax: 099047881

Ing. Agr. Leonardo Pastorino – jpastorino@mgap.gub.uy

SAN JACINTO – Ruta 11, km 139, San Jacinto, Canelones – Telefax: 4399 4873 – digegranec@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Adriana Vieta – avieta@mgap.gub.uy

Sra. Rosana Lucas – rlucas@mgap.gub.uy

PANDO – 18 de Julio 891, Pando, Canelones – Telefax: 2292 6914 – digegrapando@mgap.gub.uy

 Ing. Agr. Analía Iurato – aiurato@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Alicia Godín – agodin@mgap.gub.uy

PASO DE LA ARENA – Camino Tomkinson 2434, Paso de la Arena, Montevideo – Telefax: 2312 3996 – digegrapasodelaarena@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Patricia Primo – pprimo@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Flavia Canobra – mcanobra@mgap.gub.uy

PROGRESO – Durazno s/n, Local 003, Progreso, Canelones – Telefax: 2368 9988 – digegraprogreso@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Sandra Waterston – swaterston@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Camilo Peñaloza – cpenaloza@mgap.gub.uy

Sra. Cinthia PEREIRA – cipereira@mgap.gub.uy

RIVERA – Uruguay 580, Rivera – Telefax: 4622 2695 – digegrarivera@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Ana María Rivero – arivero@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Pedro Maciel – pmaciel@mgap.gub.uy

SALTO – Gral. José G. Artigas 992, Salto – Telefax: 4733 2378 – digegrasalto@mgap.gub.uy

Ing. Agr. Fernando Martínez – fmartinez@mgap.gub.uy

Sr. Roberto Castañe –  rcastane@mgap.gub.uy

Sra. Roxana Caracciolo – rcaracciolo@mgap.gub.uy

UAM – Departamento Promoción Comercial, Cno. Luis Eduardo Pérez 6651, Montevideo.

Ing. Agr. Ma. Pilar Acosta – maacosta@mgap.gub.uy

Por mayor información, comunicarse con Digegra, sede central, teléfono: 2306.42.80 interno 160.117, de 08.00 a 15.30 horas.

Foto de portada de INIA.

Por eventos climáticos adversos y extremos, el MGAP anunció apoyo al sector granjero.

Por eventos climáticos adversos y extremos, el MGAP anunció apoyo al sector granjero.

Se destinarán 100 millones de pesos, con la finalidad de brindar soluciones que mitiguen las consecuencias de eventos climáticos extremos. En todo el país hay 1.046 empresas que producen bajo cubierta.

Montevideo | Todo El Campo | La Dirección de la Granja impulsa nuevos planes de apoyo para el sector hortícola, que incluyen la recomposición de coberturas de nailon para invernáculos y la implementación de estructuras metálicas para la producción hortícola bajo cubierta, viveros y floricultura.

Las convocatorias a interesados se originaron en el marco de la declaración de emergencia agropecuaria en el sector de la granja, con el objetivo de brindar a los productores soluciones que permitan mitigar el impacto de eventos climáticos extremos.

Este martes 27, el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Fernando Mattos, explicó que los planes de reconversión y modernización de la producción hortícola bajo protección y recomposición de cobertura, que implementa la Dirección General de la Granja, son una respuesta a partir de daños causados por episodios climatológicos en varias zonas del país.

También informó que se destinará unos 100.000.000 de pesos para esta política y precisó que el subsidio comprende distintos canales de financiación de acuerdo con la dimensión de los productores, desde apoyos sin retorno hasta otros de asistencia a la financiación.

Indicó que la producción hortícola está sometida a los fenómenos atmosféricos y detalló que en Uruguay hay cerca de 1.000 hectáreas bajo cubierta.

Asimismo, añadió que muchas estructuras que están basadas en madera no ofrecen las condiciones de protección y de seguridad frente a la realidad del clima.

Agregó que el cambio de la madera al metal ofrecerá más garantías a los productores y mayores facilidades para la construcción.

“Vale la pena el esfuerzo para dar mejores condiciones a los productores para que estén más protegidos y adaptados a una realidad del cambio climático que golpea cada vez más a la producción”, concluyó.

INNOVACIÓN EN LAS ESTRUCTURAS DE PROTECCIÓN METÁLICAS ES UN FACTOR FUNDAMENTAL.

El director general de la Granja, Nicolás Chiesa, señaló que en todo el país hay 1.046 empresas que producen bajo cubierta agrupadas principalmente en la zona sur y norte del país. El objetivo es comenzar un proceso de modernización, para potenciar el uso de nuevas tecnologías y brindar un mejor control de los factores de producción.

La innovación en las estructuras de protección metálicas es un factor fundamental para la proyección de la producción hortícola bajo cubierta, viveros y floricultores, aseguró.

También consideró que facilitan la implementación de tecnologías de automatismo, mayor eficiencia en el aprovechamiento de la energía, mejor ventilación, rápida instalación y una mayor vida útil, entre otras ventajas con respecto a la estructura tradicional de madera.

En tanto, la recomposición de coberturas de nailon en invernáculos y macrotúneles bajo los cuales se desarrolle una producción hortícola procura apoyar a los productores en el mantenimiento de las condiciones de sus estructuras y disminuir la vulnerabilidad de los sistemas productivos a eventos climáticos adversos. (Con datos de Presidencia).

Carné de Aplicador ofrece mayor seguridad en el uso de estos productos en el sector granjero

Carné de Aplicador ofrece mayor seguridad en el uso de estos productos en el sector granjero

Se trata de la Resolución N° 85/024 sobre el Carné de Aplicador de Productos Fitosanitarios Granjero.

Montevideo | Todo El Campo | Se reglamentó el carné de aplicador de productos fitosanitarios granjero.

El Ing. Agr. Nicolás Chiesa, titular de la Dirección de Granja, dijo que “estas capacitaciones logran mayor seguridad en el uso de estos productos en el sector granjero”.

La reglamentación autoriza al Departamento Sistema de Gestión, Sustentabilidad e Inocuidad de la Granja, a impartir el curso de Uso y Manejo Seguro de Productos Fitosanitarios, incluidos los agentes de control biológico y otros bioinsumos, aprobándose a tales efectos los lineamientos para el otorgamiento del Carné de Aplicador de Productos Fitosanitarios Granjero que forma parte integrante de la presente Resolución.

La resolución, N° 85, tiene fecha del 22 de febrero.

RESOLUCIÓN 85/2024 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA GRANJA.

VISTO: el artículo 229 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023;

RESULTANDO: I) que por el citado artículo se autoriza a la Dirección General de la Granja, a otorgar carné de aplicador de productos fitosanitarios, a los productores granjeros o sus empleados que desarrollen actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios, incluidos los agentes de control biológico y otros bioinsumos, que acrediten conocimientos apropiados para ejercer su actividad;

                          II) que se comete a esta Dirección establecer los requisitos y condiciones para su otorgamiento;

CONSIDERANDO: I) necesario garantizar las condiciones de seguridad de los equipos utilizados a fin de minimizar riesgos a la salud humana o animal, la flora y la fauna, las fuentes de agua superficiales o subterráneas, los cultivos y el ambiente en general, derivados de dicha actividad;

                               II) que la aplicación de productos fitosanitarios para el combate de plagas y mejora de la productividad y calidad de los productos vegetales, puede tener efectos perjudiciales sobre la salud del trabajador, de los consumidores y el ambiente especialmente, si no existe una adecuada utilización de los mismos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Departamento Sistema de Gestión, Sustentabilidad e Inocuidad de la Granja, el artículo 137 de la ley Nº 13.640, de fecha 26 de diciembre de 1967 y lo dispuesto en el artículo 229 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA GRANJA RESUELVE:

1) Autorizase al Departamento Sistema de Gestión, Sustentabilidad e Inocuidad de la Granja, a impartir el curso de Uso y Manejo Seguro de Productos Fitosanitarios, incluidos los agentes de control biológico y otros bio-insumos, aprobándose a tales efectos los lineamientos para el otorgamiento del Carné de Aplicador de Productos Fitosanitarios Granjero que figura en el Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución.

2) El carné autorizará a su tenedor a realizar aplicaciones por vía terrestre o mediante drones.

3) Se otorgará a los productores o trabajadores que hayan asistido al Curso de “Uso y manejo seguro de fitosanitarios” y aprueben el mismo con un puntaje mínimo de 70%, el que tendrá una vigencia de 5 años.

4) La acreditación de haber aprobado el curso se efectuará con la expedición del respectivo carné el que podrá ser exigido en cualquier momento por los funcionarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca en el marco de la competencia legal y reglamentariamente asignada, en el  ejercicio de las facultades de contralor.

5) El Departamento Sistema de Gestión, Sustentabilidad e Inocuidad de la Granja llevará un registro de los cursos realizados y el número de carné otorgados.

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