El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avaló la prohibición de los ritos halal y kosher sin previo aturdimiento en las regiones belgas de Flandes y Valonia.
Hébert Dell’Onte Larrosa | Montevideo | Todo El Campo | Desde hace años, en Europa, instituciones y activistas defensoras del bienestar animal se han manifestado contrarias a la faena a través de los ritos halal y kosher que proceden al sacrificio desangrando el animal sin el aturdimiento previo.
El debate traspasó los límites del bienestar animal para introducirse en temas tan complejos y profundos como el derecho de las diferentes religiones a mantener sus tradiciones, en este caso musulmana y judía.
El rito halal y kosher son diferentes y no son comparables salvo porque no aturden al animal. En el caso del halal, la tradición musulmana indica que el animal debe recibir y corte en el cuello de frente a La Meca; diferente es el procedimiento kosher que practica el ritual judío y consiste en un corte profundo en la garganta.
Nadie cuestiona las tradiciones religiosas en sí, a no ser por el hecho de que en ambos métodos el animal está despierto, pero el debate se traslada naturalmente a ese ámbito y complejiza las cosas.
Algunos países europeos han ido modificando sus legislaciones tratando de entender y contemplar todas las posiciones. Por ejemplo, en muchos se permite el sacrificio a través de los rituales, pero otros exigen el aturdimiento antes o después del corte, y algunos obligan a la sedación previa.
Pero esta semana se dio la primera sentencia europea que vincula la libertad religiosa y el bienestar animal.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de dar un paso determinante al avalar la prohibición del sacrificio de animales sin aturdimiento en las regiones belgas de Flandes y Valonia. Lo más lógico es que a partir de ahora se intensifiquen las presiones en todo el continente para que se legisle de forma similar.
“UNA CUESTIÓN DE PRINCIPIOS”.
El TEDH debió tomar posición luego personas e instituciones, todas en representación de las comunidades judías y musulmanas que discrepaban con la Ley de Bienestar Animal de Bélgica, plantearan que se violaba su libertad religiosa y por tanto se los discriminaba.
El TEDH no lo entendió así y señaló que la prohibición está “justificada por una cuestión de principio” y la considera “proporcionada al objeto perseguido”, que no es otro que “la protección del bienestar de los animales como elemento de la moral pública”.
Se entiende que al prohibir el sacrificio animal en los ritos mencionados no hay discriminación para con las religiones afectadas.
¿HASTA QUÉ PUNTO ESTA SENTENCIA VINCULA A TODOS LOS ESTADOS MIEMBRO?
Por otra parte, la Sociedad Científica de Salud Pública Veterinaria (con sede en Madrid, España) celebró la sentencia del TEDH como “un hito a favor del bienestar de los animales en el momento del sacrificio” y va más allá al plantear si los demás Estados Miembro no deben incorporar lo resuelto: “Hasta qué punto esta sentencia vincula a los Estados Miembro, que también somos miembros del Consejo de Europa, y por tanto sujetos a la jurisdicción del TEDH”.
Agrega que “el bienestar animal forma parte de la estrategia de la Unión Europea” que busca “hacer más sostenibles las prácticas agrícolas y ganaderas a través de una política alimentaria integrada que comprenda la totalidad de la cadena de suministro”.
DESARROLLO DE LOS HECHOS: DESDE 1986 A LA FECHA.
En Bélgica la ley prohíbe, desde 1986, que los animales vertebrados puedan ser sacrificados sin aturdimiento previo, con las únicas excepciones de fuerza mayor, o los sacrificios llevados a cabo por rituales religiosos.
En 2014 ese país realiza reformas en su funcionamiento interno y la normativa sobre bienestar animal sale del ámbito nacional y pasa al ámbito regional. De las tres regiones que posee el país, dos de ellas, Flandes, Valonia (la tercera es la Región de Bruselas) quitaron la excepción religiosa e impusieron el aturdimiento en todos los casos, lo que comenzó a regir en 2019.
Frente a eso, las dos religiones afectadas plantearon la revisión de la norma ante el Tribunal Constitucional de Bélgica que trasladó el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En 2020, ese Tribunal apoyó el retiro de las excepciones religiosas en bien del bienestar animal.
En 2022 nuevamente, personas individuales como instituciones religiosas (musulmanas y judías) plantearon un recurso en el TEDH porque consideran que se los discrimina, pero como fue informado, no tuvieron éxito en su reclamo.
Foto de portada, sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
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