La resolución tiene lugar “en procura de incentivar la aplicación responsable de productos fitosanitarios y consecuentemente, la profesionalización de quienes desarrollan dicha actividad”.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) informó sobre las nuevas exigencias para las aplicaciones de fitosanitarios de uso propio. Según lo publicado en la página web, “se extiende la obligatoriedad de la exigencia del Carnet de Aplicador Profesional a todos aquellos que realicen aplicaciones de uso propio con equipos cuyo tanque sea mayor a 1.000 litros debiendo para ello haber realizado el curso de capacitación” que dicta la Dirección General de Servicio Agrícolas.
La resolución tiene lugar “en procura de incentivar la aplicación responsable de productos fitosanitarios y consecuentemente, la profesionalización de quienes desarrollan dicha actividad”.
La resolución firmada por el director de Servicios Agrícolas, Ing. Agr. Leonardo Olivera, señala que “las personas físicas o jurídicas que realicen aplicaciones para uso propio con equipos con tanque mayor o igual a 1.000 litros y las personas físicas o jurídicas que presten servicios a terceros de aplicación con cualquier tipo de equipo aplicador y volumen de tanque, deberán acreditar que el personal afectado a tareas de manejo y aplicación de productos fitosanitarios han realizado y aprobado los cursos de capacitación que sobre dicha materia, y a esos efectos, se han instrumentado en esta Dirección General”.
Esa acreditación “se efectuará mediante la presentación de fotocopia del carné asignado al finalizar el correspondiente curso”.
Además, se señala que “la presentación del carné de referencia podrá ser exigida en cualquier momento con motivo del ejercicio de las actividades de contralor previstas en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes”.
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