El Gobierno declaró, este jueves 30, emergencia agropecuaria para 19 seccionales policiales de los departamentos de Durazno, Florida, Paysandú, Río Negro y Tacuarembó. También se extendió la habilitación para el pastoreo en vía pública.

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) declaró la emergencia agropecuaria por déficit hídrico en 19 seccionales policiales de cinco departamentos por un área de 2.195.380 hectáreas.

Son 623 los productores familiares registrados en dicho territorio, con una superficie productiva de 79.967 has.

Los productores amparados bajo la declaratoria de emergencia agropecuaria corresponden a los rubros ganadero, lechero, productores familiares o de hasta 500 hectáreas Coneat 100, así como apicultores registrados en el Registro Nacional de Propietarios de Colmenas.

Las seccionales policiales de los departamentos más afectados ante el déficit hídrico son:

Durazno: 5ª, 6ª, 7ª, 8ª, 9ª, 11ª y 14ª.

Florida: 6ª, 11ª, 12ª y 14ª.

Paysandú: 9ª, 10ª y 11ª.

Río Negro: 9ª.

Tacuarembó: 3ª, 4ª, 11ª y 16ª.

EXTENSIÓN DEL PASTOREO EN VÍA PÚBLICA.

Por otra parte se extendió la habilitación para el pastoreo en vía pública, habilitada el pasado 21 de diciembre a solicitud de los productores ganaderos, para todas las seccionales policiales del país exceptuando Montevideo.

La decisión adoptada por el ministro Fernando Mattos, surge de la recomendación de la Comisión de Emergencia Agropecuaria, que se encuentra sesionando de manera permanente y que analiza y monitorea datos de la situación agroclimática, proporcionados por el Sistema Nacional de Información Agropecuaria (SNIA), informó el MGAP.

ANÁLISIS PERMANENTE DE LA SITUACIÓN.

El jerarca anunció que “la Comisión volverá a reunirse para analizar nuevamente la situación el próximo miércoles 5 de enero”.

La declaración de emergencia agropecuaria activa la liberación de partidas del Fondo Agropecuario de Emergencia (FAE), con el objetivo de “atender las pérdidas en las materias involucradas en la actividad productiva de los establecimientos afectados por emergencias agropecuarias, lo que podrá materializarse en apoyo financiero, infraestructuras productivas o insumos que contribuyan a recuperar las capacidades perdidas como resultado del evento ocurrido”, explicó Mattos.

La resolución y lo que le sigue a partir de ella se encuentra determinado por la Ley 18.362, artículo 207.

INTENDENCIAS.

A su vez, el MGAP coordina acciones con las 19 intendencias a través del Congreso de Intendentes, para canalizar ayudas del FAE y con el Banco República que habilitó una línea de crédito específica para la asistencia especial de los productores afectados por el déficit hídrico.

Para el caso del pastoreo en vía pública, la Dirección General de Desarrollo Rural en conjunto con la División de Sanidad Animal, elaboró una guía con recomendaciones que recuerda a los productores que deben dar aviso al Ministerio del Interior, tener la autorización correspondiente y contar con un tropero cada 40 animales además de señales de advertencia al inicio y final del área de tropeo.

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