La vacuna es obligatoria y se prohíben eventos que concentren ganado vacuno.
Montevideo | Todo El Campo | Con la firma del Dr. Marcelo Rodrígue, director general de Servicios Ganaderos, se resolvió el período de vacunación contra la aftosa entre el 16 de marzo y el 16 de abril próximos.
El documento establece la obligatoriedad de la vacunación en el período indicado, quedando prohibida la realización de eventos de concentración de animales vacunos como remates feria, exposiciones, etc. Sí se permiten los eventos con cambio de propiedad que no impliquen movimiento de animales, como es el caso de los remates por pantalla o virtuales.
Los animales vacunos que se destinen a faena podrán ser movilizados durante el período actual de vacunación, siempre y cuando cuenten con las vacunas de los dos períodos anteriores, o de haber sido inmunizados, deberán esperar al menos diez días antes del embarque. A partir del 17 de abril de 2026, deberán haber sido inmunizados con la vacuna correspondiente al presente período de vacunación al menos 10 días antes del embarque, establece la resolución.
El MGAP entregará las vacunas al productor con constancia de entrega previa presentación de la Declaración Jurada de existencias de Dicose al 30 de junio de 2025 y una planilla de registro de utilización de productos veterinarios (planilla de control sanitario) actualizada.
Los Servicios Ganaderos Zonales y las Comisiones Departamentales de Salud Animal (Codesa) determinarán los predios que serán declarados como de Vigilancia Prioritaria. El listado de estos predios será enviado a la Dirección General para su declaración oficial antes del 9 de marzo de 2026.
RESOLUCIÓN.

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