La introducción de ciertos productos de origen animal o vegetal pueden poner en riesgo la sanidad y la bioseguridad nacional, comprometiendo no sólo la salud de la población sino también la confiabilidad del Uruguay como país productor y exportador de alimentos.
Montevideo | Todo El Campo | Ante la llegada de las vacaciones de julio, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) reflotó un comunicado de 2021 sobre qué se puede ingresar y que no a Uruguay.
Cada temporada alta de turismo, con posibles ingresos, como egresos y retornos al país, las autoridades destacan la importancia de ser conscientes sobre lo que se trae al país.
“Es clave tener presente que no se deben ingresar productos de origen animal o vegetal, incluidos artesanías, sin la debida autorización”, destacó esa Secretaría de Estado.
La advertencia se debe a la necesidad de mantener a Uruguay libre de cualquier amenaza sanitaria y reforzar la bioseguridad nacional: “La introducción de ciertos productos de origen animal o vegetal pueden poner en riesgo la sanidad y la bioseguridad nacional, comprometiendo no sólo la salud de la población sino también la confiabilidad del Uruguay como país productor y exportador de alimentos”.
El control de los productos que ingresan está a cago de la Gerencia de Barreras Sanitarias de la Dirección General de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria del MGAP; su función consiste en examinar a todo quien transite por la frontera y los envíos postales: “El control se realiza a toda persona que ingrese al país por vía terrestre, marítima o aérea, sin excepción -incluyendo personas de nacionalidad uruguaya y extranjera, que ingresen como turistas, tripulantes, funcionarios oficiales nacionales, diplomáticos y funcionarios de gobiernos extranjeros o de organismos internacionales, etc-, sus equipajes y sus vehículos, y todos los envíos postales que se realicen desde el extranjero”.
“Independientemente del motivo de su viaje, todos serán objeto de revisación por parte de Barreras Sanitarias”, subraya el MGAP.
QUÉ SE PERMITE INGRESAR.
Pueden ingresar al país todos los productos que no se encuentren en el listado de ingreso controlado. Estos productos deberán contar con etiquetas originales en alguno de los tres idiomas oficiales de la Organización Mundial del Comercio: español, inglés y francés.
También podrán ingresar los productos de ingreso controlado, si cuentan con el certificado o la autorización oficial emitidos por el MGAP.
PRODUCTOS DE INGRESO CONTROLADO.
Los productos de ingreso controlado son básicamente de tres orígenes: origen animal, origen vegetal y otros.
DE ORIGEN ANIMAL.
- Animales vivos de cualquier especie: animales domésticos y otros, abejas, insectos y ácaros en todas sus formas
- Carnes de cualquier especie, en cualquier estado o envase: vacuna, ovina, suina, de aves, de animales silvestres, peces y productos acuáticos.
- Productos envasados al vacío y embutidos (jamones, etc.).
- Productos chacinados en cualquier tipo de envase y cocción (salchichas, chorizos, etc.).
- Productos lácteos y sus derivados: leche fluida (excepto UHT), leche en polvo, leche fermentada, suero de queso en polvo, yogurt, quesos de cualquier tipo, quesos en polvo, helados frescos o en polvo, manteca, crema de leche, ricota.
- Huevos frescos de aves o de reptiles, enteros o sus partes en polvo.
- Componentes de animales de cualquier especie: sangre, suero o plasma de cualquier especie animal, frescos o en polvo, tripas y vísceras de cualquier especie, cueros o pieles frescos, secos o salados, pelos, astas o cornamentas, pezuñas, lana sucia, crines o cerdas, huesos, semen de cualquier especie, embriones de cualquier especie, plumas de aves frescas.
- Alimentos y raciones para animales de cualquier especie: harinas de carne, harinas de sangre, otras harinas de origen animal, pastas con rellenos de origen animal.
- Agentes de control biológico.
- Productos apícolas: miel, cera, otros subproductos apícolas.
- Productos de manufactura casera sin rotular.
- Artesanías y elementos decorativos con productos, subproductos o partes de origen animal.
DE ORIGEN VEGETAL.
- Frutas frescas, secas o deshidratadas.
- Vegetales y sus partes: flores, yemas, varetas, raíces, hojas, tallos, follajes frescos, polen, bulbos, tubérculos, raíces ornamentales, etc.
- Frutos secos sin tostar o con cáscara.
- Hortalizas frescas.
- Semillas de cualquier tipo.
- Granos crudos (café, etc.).
- Tabaco sin elaborar.
- Lúpulo (excepto peleteado).
- Productos vegetales acondicionados al detalle en envases superiores a 500 g (té, especias, adobo, orégano, etc.).
- Plantas: ornamentales, hortícolas, frutícolas, forrajeras, otras plantas.
- Alimento de origen vegetal para animales.
- Productos de manufactura casera sin rotular.
- Artesanías y elementos decorativos con productos, subproductos o partes de origen vegetal.
- Maderas: sólidas pintadas, procesadas, semiprocesadas o sin procesar, leña, muebles de madera, estacas enraizadas o sin enraizar.
- Fibras textiles vegetales sin procesar.
- Colecciones y especímenes botánicos.
- Cultivos in vitro.
- Agentes de control biológico.
- Inoculantes e inóculos.
- Suelo, tierra, turba, arena o cualquier material de soporte.
OTROS.
- Productos químicos y biológicos destinados a actividades agrícolas: fertilizantes, herbicidas, insecticidas, etc.
- Productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario: vacunas, sueros y específicos veterinarios.
- Productos de manufactura casera sin rotular y productos en envases abiertos.
- Insectos.
- Virus.
- Bacterias.
- Hongos.
- Levaduras.
- Microorganismos destinados a la investigación o con cualquier otro fin.
Esta lista no excluye otros productos que pudieran calificarse como de ingreso controlado.
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