Los animales deben ser nacidos y criados en el predio, y los productores deben estar registrados en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Montevideo | Todo El Campo | La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica la ley de faena predial, permitiendo la comercialización que hasta ahora no se podía hacer.

El proyecto tuvo como autor y fue iniciativa del diputado Juan Carlos Moreno (Ciudadanos, Partido Colorado), y habilita la faena artesanal predial de cerdos, ovinos, aves y conejos.

El diputado solicitó que además de lo ya aprobado el año pasado se incluya la palabra “comercialización” en la normativa, de manera de habilitar a los productores a que puedan vender los productos de la faena.

También se faculta a la Dirección de la Granja del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) para que sea quien autorice y habilite las cantidades de faena para cada predio.

EL PROYECTO DE LEY.

El texto consta de dos artículos, en el primero se dispone la habilitación de “faena artesanal, con destino a autoconsumo o comercialización de cerdos, ovinos, aves, conejos, nacidos y criados en el predio”. Los productores deben estar “registrados en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”.

En el mismo artículo se define faena artesanal predial como “el sacrificio de los animales nacidos y criados en el predio del productor familiar, a pequeña escala, sin usar instalaciones y procesos industriales”.En el artículo dos se indica que “las cantidades y/o cuotas habilitadas para cada predio” serán autorizadas por la Dirección General de la Granja del MGAP.

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