Quienes no cumplieron con la declaración son pasibles de sanciones quedando interdictos en el SNIG no pudiendo realizar transacciones de animales hasta no regularizar la situación.

Montevideo | Todo El Campo | Con el objetivo de que la totalidad de los usuarios del Sistema Nacional de Identificación Ganadera (SNIG) cumplan con la reglamentación vigente, que mandata que el cien por ciento de los tenedores de ganado presenten Declaración Jurada Anual, esa oficina informó que a partir de jueves 9 de noviembre se establecieron ciertas restricciones a los números de Dicose (Dirección Contralor de Semovientes) que no presentaron la Declaración Jurada 2023 en los plazos establecidos.

Dichos números de Dicose figuran con un antecedente pasible de sanciones quedando interdictos en el sistema SNIG por lo que no podrán realizar transacciones de animales hasta no regularizar la situación.

CÓMO REGULARIZAR LA SITUACIÓN.

Para regularizar la situación, los usuarios afectados por esta medida deberán cumplir estos 3 pasos:

1) Realizar la Declaración Jurada Anual fuera de plazo en formato electrónico

2) Dirigirse con el “Acta por incumplimiento» y descargos, con el fin de iniciar el trámite de regularización, en las siguientes oficinas:

a) Sede central MGAP Montevideo (Constituyente 1476). Atención con Agenda: Agendarse aquí

b) Territoriales del SNIG en el interior

c) Oficina Coordinadora Departamental de DICOSE

3) Finalmente enviar correo electrónico a info@snig.gub.uy, solicitando levantar la interdicción y adjuntando imagen de la copia del “Acta por incumplimiento” sellada por la oficina receptora en el Ítem 2.

SERVICIOS DEL SNIG:

Página del SNIG: www.snig.gub.uy

Consultas generales de Declaración Jurada electrónica: djelectronica@snig.gub.uy

Mesa de ayuda: 2 4102790 / info@snig.gub.uy ingresando con usuario y contraseña por “Contáctenos”.

Información sobre el trámite de declaración jurada fuera de fecha:  Confección de Declaración Jurada Electrónica fuera de plazo (snig.gub.uy)

Ver: Resolución N° 370/023 La Declaración Anual de Existencias de Ganado y Frutos deberá realizarse indefectiblemente entre el 1° y el 31 de julio de 2023 | Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (www.gub.uy).

Pin It on Pinterest

Compartir

Comparte este contenido en tus redes sociales!