INAC recuerda que se aprobó una única prórroga para realizar esta gestión de constitución de garantías hasta el 25 de julio.
El Instituto Nacional de Carnes (INAC) convoca a los distribuidores de carnes a gestionar sus garantías con un nuevo marco de facilidades para cumplir con la norma. La gestión se debe realizar por parte de este sector y otras empresas cárnicas de acuerdo a la Resolución 21/042, de 20 de abril de 2021, dictada en el marco de la modernización tecnológica que inició el Instituto para cumplir con las normas vigentes.
El caso de los distribuidores es especial, más de 700, es la mayor cantidad de empresas del sector cárnico del país y mantenían diversos montos de garantías dependiendo de la localización territorial, además de tener los más altos costos para este trámite en algunos departamentos.
En abril, a través de una resolución, INAC permitió unificar las garantías para distribuidores, de forma tal que para distribuir en cualquier parte del país se precisara un único tipo de garantía, esto es el tipo C con 51.360 unidades indexadas, la de monto más bajo.
Esa disposición genera mayor acceso a los distribuidores, porque tendrán que aportar menos dinero, y podrán acceder a mayor área de mercado, con lo cual se promueve la igualdad para los actores de la cadena cárnica que se ubican en este eslabón.
ÚNICA PRÓRROGA.
INAC recuerda que se aprobó una única prórroga para realizar esta gestión de constitución de garantías hasta el 25 de julio, y que están obligados además de los distribuidores, los establecimientos de faena, los de desosado, los industrializadores de productos cárnicos, los depósitos habilitados para exportación, importadores y exportadores.
También deben realizar esta gestión los establecimientos elaboradores e industrializadores de alimentos para animales, los depósitos habilitados para el mercado interno, los establecimientos de faena departamental, faena local y distribuidores en todo el territorio nacional.
SUSPENSIÓN Y EXCEPCIONES.
Aquellas empresas que no hayan cumplido con esta gestión serán suspendidas en el Registro Único Nacional de Empresas Cárnicas (Runec), lo que impedirá su actividad.
Solo están exceptuadas aquellas empresas que sean titulares exclusivamente de locales de carnicerías y vehículos de transporte para fletear carnes y derivados, cuya mercadería no sea propiedad de la empresa transportista.
Inicie el trámite en línea en el siguiente enlace: Constitución de garantía (inac.uy)
Las vías de consultas para las empresas son por correo electrónico: registrosinac@inac.uy o también por WhatsApp 099.467.163, 099.948.791 o 099.398.289.
La atención al público estará disponible lunes y miércoles de 10 a 16 horas.
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