El MGAP publicó los requisitos técnicos para registro de bioestimulantes orgánicos.

El MGAP publicó los requisitos técnicos para registro de bioestimulantes orgánicos.

La Dirección General de Servicios Agrícolas aprobó los requisitos técnicos para el registro de insumos orgánicos especiales: Bioestimulantes de origen orgánico (sustancias húmicas, aminoácidos, extractos de algas y extractos vegetales).

La siguiente es la resolución firmada por el director general de los Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), Ing. Agr. Leonardo Olivera.

VISTO: lo dispuesto por Resolución de la Dirección General de Servicios Agrícolas (en adelante DGSA) N° 97/2018, por la cual se instrumenta el registro y control de productos de origen orgánico para uso agrícola, siendo preciso determinar los requisitos técnicos para otros insumos orgánicos especiales (Grupo IV) y aprobar los formularios requeridos para dichos trámites;

RESULTANDO: I) que la precitada resolución en el numeral 5° establece los requisitos técnicos que debe cumplir todo insumo orgánico para ser evaluado y considerado de interés para su registro ante la administración;

II) que la misma norma señala en el numeral 1° que dichos insumos deben pertenecer a ciertos grupos, entre ellos insumos orgánicos especiales (Nº 5 d);

III) que se han elaborado por parte de la División Control de Insumos de la DGSA los requisitos técnicos para el Registro de Insumos Orgánicos Especiales y los procedimientos necesarios para su implementación mediante los formularios administrativos correspondientes: 

CONSIDERANDO: la necesidad de establecer los requisitos técnicos indicados y su procedimiento administrativo para la implementación del Registro;

ATENTO: a los motivos expuestos y a lo previsto en los artículos 173, 175 y 176 de la Ley N° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013 en la redacción dada por Ley Nº 19.355 de 19 de diciembre de 2015 artículo 306, artículo 137 de la Ley N° 13.640 de fecha 26 de diciembre de 1967 en la redacción dada por el artículo 375 de la Ley N° 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010 y Resolución DGSA N° 97 de fecha 15 de agosto de 2018;

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS RESUELVE:

1) Apruébanse los requisitos técnicos para el Registro de Insumos orgánicos especiales: Bioestimulantes de origen orgánico (sustancias húmicas, aminoácidos, extractos de algas y extractos vegetales) que se identificará como Anexo IV de la Resolución 97/018 de fecha 15 de agosto de 2018, y los siguientes Formularios adjuntos: N° 304 “Solicitud de Registro de Bioestimulante de origen orgánico” y Nº 305 “Proyecto de Etiqueta de Bioestimulantes de origen orgánico”.

2) La solicitud de importación se realizará mediante el Formulario Nº 289 y la Solicitud de Introducción de Muestra para Registro / Partida Experimental para Ensayos de Eficacia Agronómica se realizará a través del Formulario Nº 290.

3) La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación.

4) Publíquese en el Diario Oficial y divúlguese en la Web Institucional y de la DGSA.

5) Dese cuenta mediante circular a todas las Divisiones de ésta Unidad Ejecutora y extiéndase copia a la Dirección General de Secretaría.

6) Comuníquese a las Cámaras (Canaffi, Camargro, Asiqur) y a las empresas formuladoras/importadoras de fertilizantes.

7) Cumplido, archívese.

MATERIAL PARA DESCARGAR.

Res. Nº 270-2022 DGSA DCI – Registro de Bioestimulantes de origen orgánico_.pdf

Res. Nº 270-2022 DGSA Formulario 304 – Solicitud de registro de bioestimulantes de orígen orgánico.pdf

Res. Nº 270-2022 DGSA Formulario 305 – Etiqueta aprobada bioestimulánte orgánico.pdf

Res. Nº 270-2022 DGSA ANEXO IV Requisitos técnicos.pdf

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